El monto del tributo a abonar corresponde al 50% del excedente de la franquicia, siendo esta e U$S 25 a utilizarse en un solo envío y una vez por año calendario.
El monto del tributo a abonar corresponde al 50% del excedente de la franquicia, siendo esta e U$S 25 a utilizarse en un solo envío y una vez por año calendario.